Terciario › Preparador Físico De Futbol
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CONDICIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA
NORMAS Y CONDICIONES DE INGRESO
Estudios completos de profesor de educación física (nivel terciario), según planes de estudio aprobados por el Ministerio de Educación y Justicia de la Nación o por equivalentes de la Provincia.
DOCUMENTACION A PRESENTAR
Ficha individual
Fotocopia del titulo de profesor de Educación Física
2 fotografías 4x4 de frente y fondo blanco
DENOMINACION
- Curso de especialización y perfeccionamiento docente en la preparación física de fútbol
- Preparación física del futbolista y el rol del preparador físico (55 horas reloj)
- La medicina deportiva en el fútbol (55 horas reloj)
- la preparación técnico táctica del futbolista y el rol del director técnico (110 horas reloj)
NIVEL
Post- Terciario
DURACION DEL CURSO
Un año (dos veces por semana)
CERTIFICACION QUE SE OTORGA
Constancia de asistencia y aprobación de cada curso
DIAS Y HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO
Lunes y jueves de 19 a 21.55 horas
1º hora 19 a 19.40
2º hora 19.40 a 20.20
3º hora 20.35 a 21.15
4º hora 21.15 a 21.55
DEL TÉRMINO LECTIVO Y SU DIVISION
Art. 1º Los cursos comenzaran en el mes de abril y finalizara en el mes de noviembre. Comprenderá dos periodos cuatrimestrales
1º cuatrimestre abril junio
2º cuatrimestre agosto noviembre
Art. 2º L calificación de cada cuatrimestre será de aprobado reprobado. En caso de reprobado en el 1er. o 2do. Cuatrimestre se establecerán dos turnos de recuperatorios en diciembre y marzo.
Art. 3º Periodos recuperatorios
Primero desde el 1 de Diciembre.
Art. 4º Se considerara aprobado el curso, cuando además de haber cumplido con el 75% de asistencia en las clases programadas, hubiera aprobado los dos exámenes cuatrimestrales o sus respectivos recuperatorios.
DE LA ASISTENCIA
Art. 6º El cursante estará obligado a asistir puntualmente a las clases programadas. Además deberá participar activamente de todas las clases, teóricas y prácticas previstas en el curso de especialización y fijadas en el horario correspondiente.
Art. 7º Incurrirá en falta de puntualidad (tarde) el cursante que asista a clases o las actividades programadas dentro de los diez minutos posteriores a la hora en que tuviese la obligación de hacerlo. En este caso se le computara media inasistencia y luego de este lapso será considerado ausente.
Art. 8º La asistencia se computara por asignatura y por hora de clase programada. Los cursantes presentes podrán no participar activamente en las clases prácticas. (S.A.F.) sin ser considerados ausentes, hasta en un 10 % de las clases dictadas durante el año. Sobrepasado dicho porcentaje, la falta de participación activa será considerada como ausente a la clase.
Art. 9º El cursante que faltare el 25 % de las clases programadas en cualquiera de los cursos (con o sin justificación) perderá el derecho de continuidad y permanencia.
Art. 10º El cursante que perdiera su condición de regular, será dado de baja del curso.
DEL REGIMEN PARA EL DESENVOLVIEMIENTO INTERNO
Los cursantes mantendrá un comportamiento acorde a su situación docente:
a) No se podrá fumar en las aulas, gimnasios, sala de conferencia, microcine o en las clases de contenido teórico o práctico.
b) Quien provoque deterioros, roturas, inutilizaciones o extravío de material en forma intencional o negligente, deberá abonar la reposición correspondiente.
SERVICIO MEDICO
Los cursantes que participen en los cursos de especialización podrán hacer uso del servicio medico de la institución dentro de los días y horarios de clase.
OBJETIVOS DEL INSTITUTO
SE PROPONE:
- Formar profesores de educaron física especializados, aptos para responder a los requerimientos generales y específicos del ámbito deportivo actual.
- Actuar como centro de especialización y perfeccionamiento en relación a los problemas específicos y conexos de la educación física particular y de la educación en general.
- Fomentar en el docente su espíritu crítico frente a la realidad deportiva, posibilitándole as ser agente de cambios favorables en el ámbito en que se desenvuelva.
REGIMEN ARANCELARIO
1- el curso lectivo a sido divido en un máximo de 8 cuotas mensuales que serán abonadas consecutivamente desde el mes de abril a noviembre, inclusive.
2- Independientemente de las 8 cuotas mensuales, el cursante deberá abonar una matricula de inscripción antes del comienzo del ciclo lectivo correspondiente. Su valor ascenderá al equivalente de una cota actualizada al momento de pago.
3- Se abonara íntegramente las cuotas a partir de la fecha d ingreso, cualquiera sea el día de admisión del cursante.
4- La suspensión de clases por orden de las autoridades del instituto no da derecho a reintegro alguno.
5- No se efectuaran descuentos por ausencias o enfermedad del cursante.
6- El retiro del cursante no da derecho al reintegro alguno de cuotas abonadas.
7- Se fija como fecha de pago, el lapso comprendido entre el 1 y el 10 de cada mes
8- La falta de pago en las fechas establecidas tendrán un recargo de acuerdo a la reglamentación vigente B.C.R.A.
9- El cursante que no mantenga su cuota al día será dado de baja del curso.
10-VARIACION DE LOS ARANCELES Y MATRICULA:
Serán reajustados toda vez que lo propio acontezca con el índice de sueldos y/o jerarquizacion docente. Debe tenerse en cuenta que el incremento del arancel no pudiera aplicarse en el mes que corresponda por Resolución Ministerial por no conocerse forma fehaciente el monto, deberá abonarse por boleta separada sin que ello signifique cuota complementaria.